El 31 de mayo de 2023, será el último día que se encontrará vigente la versión 3.3 para Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, (CFDI) toda vez que, a partir el primero de junio de 2023, entrará en vigor la facturación 4.0.
La versión 4.0 del CFDI fue publicada el 27 de diciembre de 2021, en el Diario Oficial de la Federación, (la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable para el ejercicio fiscal 2022) indicándose los cambios y actualizaciones que tendría con respecto a la versión 3.3, para entrar en vigor el 01 de enero de 2022, sin embargo, por diversas cuestiones, se prorrogó su uso obligatorio a partir del 01 de junio de 2023.
Ahora bien, ¿sabes cuáles son las principales diferencias entre la versión 3.3 y la 4.0 del CFDI? Aquí te las decimos:
- Es obligatorio Requisitar los apartados denominados “Nombre, denominación o razón social”, “Régimen” y “Domicilio Fiscal” del Receptor;
- Domicilio fiscal del emisor y del receptor del CFDI, Incluyendo el Código Postal;
- Es posible emitir los CFDI relacionados (aquellos comprobantes fiscales que se vinculan con una factura que se ha emitido previamente) de manera múltiple incluso cuando se trata de diferentes tipos de relación;
- Los CFDI emitidos para el público en general, debe validarse la información del emisor y establecer la información cuando se genere a nombre de terceros;
- Ahora únicamente se podrán cancelar CFDI del ejercicio en curso, indicando la razón de la cancelación, no así de los emitidos en ejercicios fiscales anteriores;
- Para las exportaciones, la versión 4.0 contiene la opción para precisar si la operación amparada es para exportación, obligando a los emisores una clave vigente en el catálogo respectivo;
- Finalmente, no esta disponible la clave “Por Definir” pues se debe indicar la clave de uso fiscal que el receptor dará al CFDI, y en caso de que el receptor pretenda dar un uso distinto, deberá cancelarse y emitirse un nuevo CFDI.
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