El salario diario integrado está conformado por las percepciones fijas que percibe un trabajador más las percepciones variables, como gratificaciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se le entregue al trabajador por su relación de subordinación laboral.
El salario diario integrado es la base para que tu patrón calcule y pague las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
Con base a las prestaciones mínimas que la Ley Federal del Trabajo establece para la integración del Salario Diario Integrado, el factor de integración se determina de la siguiente manera:
Ejemplo:
Salario diario de un empleado: $ 350.00
Antigüedad laboral: 2 años
Días del año: 365
Prestaciones mínimas que le corresponden
- 14 días de vacaciones
- 25% de prima vacacional
- 15 días de aguinaldo
Con esto, realizaremos lo siguiente:
365 días del año + (14 días de vacaciones * 25% de prima vacacional) + 15 días de aguinaldo, el resultado es de 383.5 días.
Para obtener el factor de integración, dividimos el resultado anterior entre 365 días del año, resultando: 383.5/365= 1.0507 de factor de integración para el segundo año laboral.
Una vez determinado el factor de integración procedemos a multiplicar los $ 350.00 de salario diario del empleado por el factor de integración: $ 350.00 * 1.0507, resultado $ 367.74 como Salario Diario Integrado.
En la siguiente tabla podrás encontrar el factor de integración que te corresponde de acuerdo al número de años que tengas laborando con base a las prestaciones mínimas de Ley.
AÑOS DE SERVICIO | DÍAS DE AGUINALDO | DÍAS DE VACACIONES | PRIMA VACACIONAL | FACTOR DE INTEGRACIÓN |
1 | 15 | 12 | 25% | 1.0493 |
2 | 15 | 14 | 25% | 1.0507 |
3 | 15 | 16 | 25% | 1.0521 |
4 | 15 | 18 | 25% | 1.0534 |
5 | 15 | 20 | 25% | 1.0548 |
6-10 | 15 | 22 | 25% | 1.0562 |
11-15 | 15 | 24 | 25% | 1.0575 |
16-20 | 15 | 26 | 25% | 1.0589 |
21-25 | 15 | 28 | 25% | 1.0603 |
26-30 | 15 | 30 | 25% | 1.0616 |