Por Denil
Es importante recordar que la autoridad fiscal ha venido dando prorrogas al tema de Timbrado de los CFDI de nómina a través de la versión 4.0, y la última prórroga que se concedió esta por vencer, el día 30 de junio es el último día para el Timbrado de los CFDI de nómina en la versión 3.3.
Por lo que a partir del día 1 de julio de 2023 será obligatorio el Timbrar los CFDI de nómina en la versión 4.0.
Entre los cambios más importantes en la nueva versión 4.0 del Timbrado de CFDI de nóminas están los siguientes:
- Se homologa la forma de expresión del formato fecha conforme al Anexo 20 de los atributos:
- FechaPago,
- FechaInicialPago
- FechaFinalPago
- FechaInicioRelLaboral
- Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.
- Se incorporan las validaciones para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI, como:
- RegimenFiscalReceptor,
- ObjetoImp,
- ACuentaTerceros,
- InformacionAduanera,
- CuentaPredial,
- ComplementoConcepto, Parte.
- Así mismo como parte de la integración con el CFDI versión 4.0, se incorporan como requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina el:
- RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal del receptor.
Cabe mencionar que en el llenado de los CFDI de Nóminas versión 4.0, si los requisitos fiscales de los trabajadores no coinciden con la información de SAT, estos no podrán ser timbrados. Ya que si no se cumple con los requisitos para el timbrado de CFDI de nómina en la versión 4.0, estos no podrán ser validados y por consecuencia no podrás timbrar tus CFDI de nóminas.
Si no timbras tu nómina no podrás hacerla deducible, si la timbras fuera de tiempo tendrás que presentar aclaraciones al SAT, para subsanar las inconsistencias detectadas en el timbrado de tus nóminas.
Aun estas en tiempo de obtener de tus trabajadores la información necesaria para el correcto timbrado de tus nóminas, y evitar de esta manera riesgos innecesarios.